Inscripción en el Registro Civil
Es el trámite más importante tras el nacimiento de vuestro bebé. Según la normativa vigente, para realizar la inscripción en el Registro Civil tenéis un plazo de 30 días desde el nacimiento del bebé.
En la mayoría de casos, se puede hacer hacer telemáticamente desde el propio hospital en las primeras 72h desde el nacimiento del bebé.
Leer la normativa sobre la inscripción en el Registro Civil.
¿Dónde hay que realizar la inscripción en el Registro Civil?
Lo primero que tenéis que saber es a que registro civil os debéis dirigir. Por norma hay que ir al Registro Civil de la población de nacimiento, es decir que si habéis tenido a vuestro hijo en un hospital de la ciudad de Barcelona debéis hacer la inscripción en el Registro Civil de Barcelona Ciudad.
Existe la posibilidad de hacer la inscripción en un municipio distinto al que ha nacido vuestro hijo, siempre y cuando sea la población donde ambos padres estén empadronados. (Hay municipios que exigen que los padres estén empadronados exactamente en el mismo domicilio). Lo mejor es que si registráis en una población que no es donde ha nacido vuestro hijo/a llaméis antes al Registro Civil de la localidad.
Encuentra tu Registro civil o juzgado de Paz
No todas las poblaciones disponen de Registro Civil. Las que no tienen registro Civil deben disponer de un juzgado de Paz que es donde deberéis dirigiros.¿Quién debe ir al Registro Civil a inscribir al bebé?
Es importante saber en qué situación os encontráis para saber si debéis ir los dos al registro civil o no hace falta.
1. Estáis casados: En este caso, si vais al registro civil de la población donde ha nacido vuestro hijo/a puede ir cualquier persona en vuestro nombre acompañado de una autorización vuestra.
Si queréis inscribir en una población diferente al nacimiento del bebé deberéis ir personalmente los dos.
2. No estáis casados: Al no ser matrimonio no se presume la paternidad y por tanto deberéis ir juntos al registro civil tanto si registráis en la población de nacimiento como si lo hacéis en la población donde estáis empadronados.
¿Qué documentación hay que llevar?
- Hoja Rosa (estadístico del INE) debidamente cumplimentada (os la darán en el hospital)
- Dni, Nie o Pasaportes Originales.
- En caso de ir otra persona debe ir con autorización firmada por los padres, la podéis hacer sobre una fotocopia de vuestros DNIs
- Libro de Familia (solo lo tienen las parejas casadas o las que ya hayan tenido un hijo anterior a éste)
- En caso de Ir a un registro civil diferente del lugar donde ha nacido vuestro bebé deberéis llevar además de lo anterior:
- Copia del empadronamiento de los padres
- Certificado de NO inscripción que debéis pedir en el hospital si no os lo dan directamente
- En caso de que la Madre esté divorciada de un matrimonio anterior y en la actulidad no estéis casados también deberéis aportar un testimonio original de la sentencia de divorcio
- En caso de que seáis 2 madres también deberéis aportar el original del consentimiento que firmasteis en la clínica al iniciar el proceso del embarazo
Tiempo que se tarda en realizar el trámite
El tiempo medio de espera en el registro civil de Barcelona está alrededor de las 2 horas. Una vez seáis atendidos por el personal del registro estaréis unos 20-40 minutos realizando la gestión en función a la sencillez o complicidad de vuestro caso.