Baja por maternidad y Alta de Enfermedad Común
El trámite de alta por enfermedad común solo deberán realizarlo sólo deberán realizarlo aquellas madres que hayan estado de baja antes del parto por enfermedad común.
Desde el 1 de octubre de 2014 los CAP ya no expiden el “informe de maternidad” a no ser que sea uno de los siguientes casos:
- Exitus Fetal con más de 180 días de gestación
- La madre quiere iniciar el permiso de Maternidad antes del parto
¿Dónde hay que tramitar la baja por maternidad y Alta de Enfermedad Común?
Este trámite hay que realizarlo en el CAP de la madre ya que fueron ellos también quienes iniciaron la baja por enfermedad y quienes te han ido dando los partes de confirmación.
Debéis tener en cuenta que algunos CAP no disponen de la especialidad de Ginecología y os harán desplazaros a otro centro para ello.
¿Quién debe tramitar la baja maternal?
Al Cap puedes enviar a cualquier persona, no hace falta que esperes a que tengas el alta hospitalaria, de hecho, es el único trámite que puedes hacer antes de la inscripción en el registro Civil.
¿Qué documentación hay que llevar?
- Autorización si no va a ir la madre
- Tarjeta de CatSalut original de la madre
- Informe hospitalario (si vais después del alta, el mismo informe de alta les sirve)
Tiempo que se tarda en realizar el trámite
El tiempo de espera depende mucho del CAP, hay algunos que lo hacen en el mismo mostrador, por que se tarda poquito y en otros, que te asignan visita con tu médico de cabecera puedes llegar a esperar más de 1 hora para conseguir el alta por enfermedad común.